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BARCELONA/El Juzgado Social 28 de Barcelona ha reconocido como accidente laboral los trastornos mentales de un moderador de contenidos que trabajaba para una subcontrata de Meta, según la sentencia consultada por Europa Press este jueves.
En concreto, el hombre trabajaba para CCC Barcelona Digital Services, que demandó al Instituto Nacional de la Seguridad Social por declarar los trastornos como accidente laboral (como ahora confirma la sentencia que ha adelantado La Vanguardia) y con la intención de que se considerara enfermedad común.
El hombre, representado por el abogado Francesc Feliu del Espacio Jurídico Feliu Fins, trabajaba como moderador de contenidos en esta empresa desde septiembre de 2018 y estuvo de baja de mayo de 2019 a febrero de 2021, con "ataques de pánico, conductas de evitación, aislamiento en el domicilio y rumiaciones hipocondriformes, sensación de disfagia, despertares nocturnos e importante tanatofobia".
En su trabajo, tenía que clasificar contenidos para que los inadecuados no llegaran a publicarse y, como miembro del equipo de high priority (contenidos especialmente delicados), tenía que ver material relacionado con terrorismo, suicidios, automutilaciones, decapitaciones de civiles a manos de grupos terroristas y torturas.
"Cada escena la tenía que ver el actor varias veces, de manera completa, para asegurarse de que la política aplicada a ese contenido gráfico era la adecuada", remarca el juez, que añade que la web de la empresa califica a sus trabajadores como héroes no reconocidos en internet por su trabajo de limpiar las redes de contenido inadecuado.
En noviembre de 2022 esta empresa, CCC Barcelona Digital Services, fue sancionada por la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral de la Generalitat de Cataluña con 40.985 euros por no evaluar los riesgos psicosociales del puesto de trabajo de un moderador de contenido violento, abusivo o ilegal en Internet, lo que se considera una infracción "grave".
Se trata del mismo caso, y el Govern explicó entonces que el trabajador presentaba según los informes psiquiátricos del Centro de Salud Mental Sant Pere Claver de Barcelona, un cuadro clínico "grave".
El acta de la Inspección de Trabajo constató que el trabajador estaba expuesto a un riesgo psicosocial derivado de la "propia naturaleza" de la actividad, así como de las condiciones del trabajo de la empresa. Entre esas condiciones destacan el ritmo, la carga de trabajo, las exigencias emocionales, el diseño de las aplicaciones informáticas o la falta de autonomía, entre otras.
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