Puñalada mortal en Peal de Becerro: confirman la condena al asesino

Tribunales

El TSJA desestima el recurso del hombre al que la Audiencia de Jaén castigó con 17 años de cárcel por quitarle la vida al portero de un pub

El condenado por asesinato, durante el juicio celebrado en abril. / Europa Press

José A. M., de 22 años, tendrá que seguir, de momento, entre rejas. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de 17 años de cárcel que, en mayo, le impuso Audiencia Provincial de Jaén por asesinar de una puñalada al portero de un pub en Peal de Becerro el 17 de julio de 2022, de madrugada. Días antes, un jurado popular le había considerado culpable del delito. El abogado del condenado recurrió el fallo con un escrito inusualmente extenso, de 278 folios, pero el alto tribunal andaluz lo ha desestimado en su totalidad. En su sentencia, la Sala de lo Civil y lo Penal se muestra especialmente crítica con la defensa, de cuyo recurso asegura que "roza la desconsideración" para con la propia Sala.

El jurado consideró probado que, aquel 17 de julio de 2022, en plena madrugada, José A. M., sus dos hermanos y un primo, Jesús A. A., acudieron al Pub Valhalla, de Peal, donde Álvaro Soto, de 29 años, trabajaba como portero y vigilante. Los cuatro familiares quisieron entrar al local para pedir bebidas y consumirlas fuera, pero Álvaro les impidió el acceso. Ello dio lugar a una pelea que terminó con José propinando a Álvaro una única puñalada en el pecho con un arma blanca. El portero murió entre las dos y media y las cuatro de la mañana.

El veredicto llegó tras un largo juicio en el que prestaron declaración un centenar de testigos y una veintena de peritos. De hecho, el TSJA destaca que la prueba de la autoría de José "consistió fundamentalmente en la declaración de varios testigos presenciales, la documental en que se registra el volcado de conversaciones de WhatsApp entre el acusado y su pareja en la madrugada del día 17 julio 2022, procedente de los terminales móviles de ambos, y en el informe de autopsia". En esas conversaciones de móvil, obtenidas por la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil, el acusado le renonoció a su novia que había "pinchado" al "jambo" e incluso hablaba de huir a Sevilla. "He matado al vecino en el pub", le escribió textualmente.

Pese a ello, José, que sólo aceptó responder las preguntas de su abogado, negó haber escrito esos mensajes y, en una declaración de apenas 10 minutos, afirmó que ni apuñaló a Álvaro ni estuvo implicado en la pelea porque había bebido mucho aquella noche.

El primer día del juicio también declaró Jesús, el primo de José. El joven, de 19 años, confesó haber golpeado esa noche con un altavoz a la víctima y se conformó con el pago de una multa de 600 euros como autor de un delito leve de maltrato de obra, que es el castigo que pedía para él la Fiscalía.

El TSJA rechaza todos los argumentos de la defensa

En el recurso de 278 folios interpuesto por la defensa de José contra la sentencia, se denunciaba, entre otras cosas, que no hay garantías de que los mensajes de WhatsApp sean verdaderos, que hubo errores en la interpretación de las declaraciones de los tesrigos y que no se tuvo en cuenta que el acusado estaba bajo los efectos del alcohol cuando tuvieron lugar los hechos.

"No tanto por su insólita extensión, sino sobre todo, por su contenido, el escrito del recurso roza la desconsideración a su destinatario, que es esta Sala", empieza argumentando el TSJA en su fallo. La Sala reconoce que la representación de las partes "es libre de elegir la mejor estrategia para la defensa de las posiciones procesales de sus clientes", pero indica que, en un caso "tan llamativamente singular como este", no considera "impertinente" decir que "una inusitada extensión es en general indicio de desorden e inconsistencia argumentativa, o al menos de la ausencia de dedicación y esfuerzo por presentar al tribunal un texto afilado, concreto, y potente argumentativamente, mucho más eficaz que la perezosa acumulación de consideraciones, repetición de párrafos, circularidad de ideas y copia de textos inútiles". En este sentido, se destaca, por ejemplo, que la defensa usó para apoyar el recurso sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid "de hace más de veinte años" que "absolutamente nada tienen que ver con el presente caso".

"Insistimos en que en ocasiones singulares un escrito de alegaciones puede tener una extensión mayor de la habitual, por ser muchas, y complejas técnica, fáctica o interpretativamente, las cuestiones controvertidas. Pero no es el caso presente, en el que con algo de dedicación el texto podría haberse depurado de tantísimas cosas enteramente prescindibles, como de seguro convendría el Letrado que lo suscribe si dispusiera de tiempo para volver a leerlo con atención", añade la Sala.

Entre los motivos expuestos para rechazar el recurso, se hace alusión a "la convicción" de los testigos en sus respectivos relatos de los hechos. Además, se resalta que la única puñalada que recibió Álvaro -que fue la que le provocó la muerte- "se ve corroborada de manera singular" por la conversación por WhatsApp entre el acusado y su pareja, "en la que afirmó de manera inequívoca haber sido quien “pinchó” y mató a la víctima".

Sobre esa conversación, la Sala resalta que la defensa no aporta ni "un mínimo indicio" de mala praxis de la Guardia Civil en el volcado de los móviles. Además, dice que "puede perfectamente apreciarse" que, después de que José hubiera revelado a su novia que había "pinchado" a Álvaro, la actitud de ella "cambia y pasa a ser de continua alarma, como es del todo natural". Por otro lado, la conversación no sólo es de texto, sino que consta también de audios "en los que puede reconocerse la voz de los interlocutores". "En caso contrario, podría haberse impugnado", agrega.

Por último, sobre la posibilidad de que el acusado no estuviera en su cabales por haber bebido mucho, el TSJA señala que su comportamiento, incluyendo las conversaciones por WhatsApp, "denotan una clara conciencia de lo que ha hecho y estar en condiciones para hacer frente a la investigación policial que veía como inminente, intentando estrategias de impunidad".

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