Muerte sin respuesta en el calabozo de Jódar: se reabre la causa tres años después

Tribunales

El Tribunal Constitucional estima el recurso contra el archivo de la investigación por presunta actuación negligente de la Policía Local en torno al supuesto suicidio en el calabozo de un hombre

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Sede del Tribunal Constitucional
Sede del Tribunal Constitucional / Europa Press

Jaén/El Tribunal Constitucional ha ordenado reabrir la causa judicial para esclarecer los motivos que, en 2020, condujeron a la extraña muerte de un vecino de Jódar de 42 años mientras estaba detenido en el calabozo de la Policía Local galduriense. Cristóbal Montávez fue arrestado a última hora de la noche del 29 de octubre de 2020 por escándalo público. Tres policías locales le llamaron la atención porque estaba armando jaleo en plena calle. Él se enfrentó a los agentes, que, tras un forcejeo, lograron ponerle las esposas. Después de pasar por el centro de salud, donde a Cristóbal le administraron diazepam, entre otros medicamentos, los policías encerraron al detenido en un cuarto ad hoc en las dependencias policiales en el Ayuntamiento de Jódar. Cuando agentes de la Guardia Civil del puesto de Huelma -aunque estaban de servicio en Baeza- llegaron sobre las dos y media de la madrugada para trasladarlo a Úbeda, Cristóbal estaba muerto. Aparentemente, se había ahorcado.

Es importante el matiz: aparentemente. La familia del fallecido denunció a la Policía Local galduriense por actuación negligente basada en homicidio, detención ilegal, abuso de autoridad, destrucción de pruebas y lesiones. A primeros de 2021, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Úbeda archivó el caso. Según arguyó la jueza, en el informe preliminar de autopsia se había concluido que la etiología de la muerte había sido suicida y que las heridas que había en el cuerpo eran de poca consideración y fruto de la pelea previa con los policías. Posteriormente, la Audiencia Provincial de Jaén ratificó el archivo.

La investigación no fue eficaz

La familia acabó acudiendo al Constitucional, cuya Sala Segunda ha estimado el recurso contra el sobreseimiento de la causa. Según la sentencia, el tribunal considera que la investigación judicial no fue ni "suficiente" ni "eficaz". Entre otras cosas, se indica que la jueza denegó o dejó de atender varias de las diligencias solicitadas por la acusación particular -la familia del fallecido-, como la declaración de los policías locales, del propio denunciante -el padre de Cristóbal- y de auxiliares del centro de salud. Tampoco quiso tener en cuenta la geolocalización de los teléfonos móviles. Es más, tal y como denunció la familia en su momento, la causa se archivó cuando aún no se contaba con el informe final de autopsia y el resultado de las muestras biológicas.

La Sala explica que la "insuficiente actividad probatoria" del órgano instructor "no permite mínimamente colmar las lagunas en la reconstrucción de lo sucedido". Es decir, que quedaron sin respuesta aspectos elementales y decisivos de la instrucción como las circunstancias en las que se produjo el arresto y el fallecimiento del detenido.

Por ello, el Constitucional ha anulado el sobreseimiento de la causa y ha ordenado que siga adelante la instrucción en el mismo Juzgado de Úbeda, de cara a que la jueza lleve a cabo todas las diligencias necesarias para que la investigación sea eficaz. Los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y César Tolosa han anunciado su voto particular en el fallo.

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