Condenado a dos años de cárcel por violar a su amiga aprovechando que estaba ebria

Tribunales

El autor del delito de agresión sexual tiene 21 años y era amigo de la víctima

Ambos estuvieron bebiendo en la casa de la abuela de la víctima, donde la violó

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Sala de la Audiencia Provincial de Jaén.
Sala de la Audiencia Provincial de Jaén.

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha condenado a dos años de cárcel a un joven, de 21 años, como autor de un delito de agresión sexual. Se le condena por aprovechar el estado de embriaguez de su amiga para violarla. Además, se le condena al pago de una multa de 900 euros por un delito leve de lesiones.

La sentencia se ha dictado después de que el acusado, antes de la celebración del juicio, depositara 10.200 euros en concepto de indemnización por responsabilidad civil. El procesado reconoció los hechos durante la vista por lo que el Ministerio Fiscal modificó su escrito para aplicarle la atenuante muy cualificada de reparación del daño.

De esta forma, Fiscalía rebajó su petición inicial de ocho años de cárcel a los dos años que finalmente se le han impuesto con el visto bueno de la defensa y la acusación particular.

Además, como accesoria se le imponen cinco años de libertad vigilada consistente en prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima a una distancia no inferior a 300 metros, y la obligación de someterse a un curso de educación sexual, así como diez años por encima de la pena de privación de libertad de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad retribuido o no que implique contacto regular o directo con personas menores de edad.

También como accesoria se incluye en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la prohibición durante diez años de acercamiento a distancia no inferior a 300 metros respecto a la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o estudios, o lugares que frecuente, así como diez años de prohibición de comunicación por cualquier medio o manera, de forma directa o indirecta, incluyendo las redes sociales.

Los hechos

La sentencia da como hechos probados que el 29 de marzo de 2023 el agresor y la víctima, de 18 años, acordaron comprar una botella de ginebra y marcharse a casa de la abuela de ella para tomársela. Ya en el domicilio, la joven se tomó media botella de ginebra "frente a la pequeña ingesta de él".

En un momento dado, "a causa de la abultada ingesta de alcohol", la joven "se sintió acalorada y decidió quitarse la ropa quedándose vestida exclusivamente con la ropa interior". El acusado que era "pleno conocedor de la intoxicación etílica" de su acompañante aprovechó para lanzarse sobre ella, que rechazó "en rotundo las pretensiones del acusado" y mostró una "clara negativa" a cualquier tipo de acercamiento de índole sexual.

A pesar de ello, el acusado la violó mientras ella, tal y como recoge la sentencia "no paraba de decirle que cesara en lo que estaba haciendo" y expresaba "con suma claridad su oposición a las pretensiones del acusado".

La sentencia recoge también la orden para que se libere los 10.200 euros que depositó el acusado en el juzgado para que se le entregue a la víctima en concepto de indemnización por el perjuicio ocasionado.

Al tratarse de una sentencia por conformidad se considera sentencia firme sin posibilidad de recurso a instancias superiores.

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