Los cheque-bebé para los nacidos durante 2024 en Baeza ya se pueden solicitar

Provincia

El Ayuntamiento del municipio explica cuales son los requisitos para poder ser beneficiario de la subvención

El importe será mayor en los tres anejos para fomentar la natalidad de sus poblaciones

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María Dolores Tuñón, concejal de Familia del Ayuntamiento de Baeza.
María Dolores Tuñón, concejal de Familia del Ayuntamiento de Baeza.
T. S.

31 de mayo 2024 - 13:51

Los padres y madres de los bebés nacidos o los niños adoptados en 2024 en Baeza podrán solicitar el cheque-bebé. Así lo ha anunció la concejal de Familia del Ayuntamiento baezano, María Dolores Tuñón, tras la publicación en el BOP de la aprobación y entrada en vigor de la ayuda a las familias mediante el cheque-bebé.

Los destinatarios de esta subvención serán los padres y madres que hayan tenido, adoptado o acogido un hijo durante el año 2024, siempre que al menos, uno de ellos se encuentre empadronado en Baeza o en alguno de los tres anejos de La Yedra, Las Escuelas o el Puente del Obispo.

El Ayuntamiento de Baeza informa de los requisitos para ser beneficiarios de la subvención son los siguientes: El padre o madre debe estar empadronado en Baeza o cualquiera de sus anejos con una antigüedad mínima de 12 meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud y el niño tiene que encontrase empadronado en el domicilio de los solicitantes en el momento de la solicitud.

Importe de los cheques

Los solicitantes de la subvención deberán estar al corriente de sus pagos con el Ayuntamiento de Baeza. El importe será de 200 euros para los residentes en Baeza y 400 euros para los nacimientos en cualquiera de nuestros tres anejos, con el fin de potenciar la natalidad en los citados anejos.

Las solicitudes podrán presentarse presencialmente en la oficina de atención al ciudadano o a través de la sede electrónica de la página del Ayuntamiento de Baeza. Los nacimientos, adopciones y acogimientos que se hayan producido desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de publicación de las bases dispondrán de 30 días naturales, desde la publicación de estas para solicitar la ayuda.

La documentación requerida para poder tramitar la solicitud será la fotocopia D.N.I./Tarjeta de residencia en vigor del padre y madre o tutor/a y una fotocopia del libro de familia. El Ayuntamiento de Baeza recabará de oficio los certificados de empadronamiento de los solicitantes y comprobará, también de oficio, que el solicitante se encuentra al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Baeza.

Cumplidos los requisitos el ayuntamiento resolverá de forma favorable y los beneficiarios podrán realizar compras en los comercios de Baeza y anejos, hasta el importe subvencionado aportando luego las facturas, que una vez revisadas por los servicios técnicos del Ayuntamiento, procederán a transferir el importe a la cuenta de los beneficiarios. Tanto para la solicitud como para presentar y justificar las facturas existe un modelo muy sencillo que vendrá publicado en la Bases como Anexos I y II.

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