La calle sin paso de peatones que condena al Ayuntamiento de Marmolejo por una caída
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El Consejo Consultivo le obliga a pagar más de 9.500 euros a una vecina que se fracturó un codo tras tropezarse con un socavón en el adoquinado
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El Ayuntamiento de Marmolejo habrá de indemnizar con algo más de 9.500 euros a una vecina que, en 2021, se luxó y se fracturó el codo tras tropezarse con un socavón de una calle parcheada y caer al adoquinado. Aunque la mujer reclamaba 19.133 euros a la Administración marmolejeña en concepto de responsabilidad patrimonial, el Consejo Consultivo de Andalucía considera que el Ayuntamiento no tuvo toda la culpa del incidente y que, por ende, sólo ha de hacer frente a la mitad de la cuantía solicitada.
Tal y como consta en un dictamen fechado el pasado 4 de diciembre, los hechos tuvieron lugar el 21 de diciembre de 2021. Sobre las dos de la tarde, la vecina reclamante salió de una confitería en la calle Donantes de Sangre y, cuando fue a cruzar a la acera de enfrente, donde la esperaba su hija en el coche, perdió el equilibrio al pisar una zona hundida de la calzada y fue a parar al suelo. De todo ello fue testigo un vecino que la socorrió y que confirmó esta versión de los hechos ante las autoridades.
El Consejo Consultivo especifica que el Departamento de Obras y Servicios no pudo acreditar en su informe si había irregularidades en la calzada, pero sí se reconoce que "podría haber sido reparada, […] ya que en ella se usan adoquines y se efectúan "arreglos intermitentes" a lo largo del año", algo que queda acreditado en las fotografías del lugar de los hechos: "Se ve una zona de relleno que contrasta con los adoquines que componen la calzada, lo que vendría a confirmar la reparación de la zona deteriorada a la que se refiere la reclamación", se explica en el dictamen. Es más, el Ayuntamiento volvió a arreglar la calle meses después, entre junio y julio de 2022. Lo que sí se precisa en el informe de Obras y Servicios es que la calle no contaba con paso de peatones.
Teniendo todo ello en cuenta, el Consejo Consultivo concluye que no se puede hablar de imprudencia de la vecina al cruzar de una acera a otra porque, al no haber paso de peatones, el Ayuntamiento no ofrecía la ‘opción de la prudencia’ en esa calle. Además, añade: "Parece razonable pensar que la configuración adoquinada de la calle pudo dificultar la visibilidad de la irregularidad, aunque el accidente se produjo a una hora en la que existía luz natural".
"Conducta antijurídica" del Ayuntamiento de Marmolejo
Se trata este de un caso poco común, puesto que, a pesar de que las reclamaciones de responsabilidad patrimonial a los ayuntamientos por caídas peatonales son numerosas, el Consejo Consultivo suele rechazarlas al considerar que las administraciones locales no son necesariamente responsables de un tropiezo aunque una calle esté en mal estado, básicamente, porque en la caída pueden concurrir otros factores ajenos a los propios desperfectos como la propia irresponsabilidad del afectado. "La Administración Pública no puede convertirse en aseguradora universal de todos los riesgos ratione loci (o ratione materiae), dando cabida a sucesos lesivos que podrían haberse evitado por los lesionados obrando con la debida diligencia", se explica, de hecho, en este dictamen relativo al incidente en Marmolejo.
Sin embargo, en esta ocasión, sí se aprecia que hay "nexo causal" entre las lesiones sufridas por la vecina reclamante y "la conducta antijurídica del Ayuntamiento", que, por el hecho de no habilitar un paso de peatones en la calle del incidente, crea "un riesgo […] incompatible con los estándares exigibles en el funcionamiento del servicio público según la conciencia social".
A pesar de ello, el Consejo Consultivo no exime completamente de responsabilidad a la afectada y considera que, en cualquier caso, tenía que haber comprobado que la carretera estaba en mal estado antes de bajar de la acera. Por tanto, se sentencia que lo más "prudente" es hablar de "responsabilidad compartida" entre la vecina y el Ayuntamiento y que este abone la mitad de la indemnización que se reclamaba.
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