Dos años de cárcel por agredir sexualmente de su hija discapacitada en Jaén
Tribunales
La joven tiene 19 años de edad, una discapacidad visual del 69 por ciento y un retraso cognitivo leve
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Jaén/La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a dos años de cárcel y al pago de una multa de 1.890 euros a un padre que en el juicio celebrado este jueves se ha declarado culpable de agredir y abusar sexualmente de su hija de 19 años. La joven presenta una discapacidad visual del 69 por ciento y sufre retraso leve.
El acusado, que también padece discapacidad mental, ha reconocido los hechos y se ha conformado para así acogerse a las penas propuestas por el Ministerio Fiscal y a las que se han adherido tanto la acusación particular ejercida por Amuvi (asociación que se encarga del asesoramiento, asistencia e información a las victimas de violencia sexual y violencia de género), y la defensa.
Aunque inicialmente el Ministerio Fiscal reclamaba seis años por la agresión sexual y tres años por el delito de abuso sexual continuado, además de una indemnización de 30.000 euros, en aras de la conformidad del acusado ha rebajado las penas hasta los dos años de cárcel por el delito de agresión sexual y la multa de 1.890 euros por los abusos continuados. Además, la indemnización la ha rebajado a 15.000 euros.
La reducción de penas se ha producido después de que la fiscal haya contemplado para el acusado atenuantes vinculadas a su discapacidad y a su adicción a diferentes sustancias.
Los hechos enjuiciados se remontan a 2021 cuando la joven, que convivía con su padre, le denunció ante la Guardia Civil relatando un episodio de agresión sexual y varios de abusos, lo que llevó al juzgado instructor a dictar una orden que prohibía al acusado acercarse y comunicarse con su hija.
Ahora, una vez que el padre se ha declarado culpable, además de la pena de prisión y la multa, se le condena también a tres años de libertad vigilada y seis años de prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima.
Una vez que el acusado ha aceptado las penas y se ha declarado culpable, las partes han considerado innecesario seguir con el juicio. Al tratarse de una sentencia por conformidad, el acusado se compromete a no recurrirla.
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