El Supremo rechaza revisar la pena al vecino de Torredelcampo condenado por violar a su sobrina

El Supremo en su argumentación establece que la aplicación de la ley del 'solo sí es sí' "no resulta más favorable al recurrente"

Un herido al caerse el techo de un bar en Jaén

Fachada principal del Tribunal Supremo.
Fachada principal del Tribunal Supremo. / EFE
Agencias

18 de octubre 2023 - 13:59

El Tribunal Supremo ha rechazado revisar la pena al vecino de Torredelcampo que en noviembre de 2013 fue condenado a 12 años de prisión por abusar y violar en numerosas ocasiones a su sobrina cuando la niña tenía entre 6 y 11 años, además de padecer una discapacidad del 33 por ciento. Había sido la defensa del condenado la que había pedido al Supremo que se revisara la pena a la baja en aplicación de la ley conocida como la del 'solo sí es sí'.

El Supremo rechaza la revisión y vuelve a confirmar la sentencia impuesta que ya fue en su día confirmada por el Alto Tribunal en 2014. La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ya emitió en enero de este año un auto denegando la revisión, auto que fue recurrido al Supremo, órgano que mantiene inalterable la condena impuesta y que le impone al recurrente el pago de las costas procesales.

El Supremo en su argumentación establece que la aplicación de la ley del 'solo sí es sí' "no resulta más favorable al recurrente" en lo que a años de prisión se refiere y además, la nueva ley contempla una medida de libertad vigilada y una inhabilitación que no estaba contemplada en la legislación vigente cuando se cometieron los hechos.

La víctima denunció cuando tenía 20 años

Los hechos sentenciados y confirmados como probados por el Supremo tuvieron lugar entre 1996 y 2001 cuando la menor pasaba temporadas en la casa de su abuela y su tío cuando sus padres, feriantes de profesión, tenían que trabajar fuera o en la campaña de aceituna, y no podían ocuparse de ella.

De esta manera, según se recogió la sentencia de la Audiencia de Jaén, resulta "imposible determinar el número de actos sexuales por la proliferación de los mismos", al tiempo que "la vergüenza", el hecho de convivir con su abuela, madre del acusado, y el miedo a las represalias de su padre, "hizo que la menor callara hasta que cumplió 20 años".

La víctima denunció el caso cuando tenía 20 años y acabó sentando en el banquillo de la Audiencia de Jaén a su agresor. El tribunal concluyó que la niña, inicialmente, fue sometida a tocamientos. Después, llegaron las relaciones sexuales completas, siempre en contra de la voluntad de la menor. La condena a 12 años de prisión fue por un delito de agresión sexual continuada, por el que se le impuso también el pago a la joven de una indemnización de 100.000 euros.

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